jueves, 29 de agosto de 2013

Más razones

Ya señalamos en artículo anterior, que el obstáculo argumido por el Equipo de Gobierno de no poderse realizar contrataciones de personal durante el presente año por impedirlo la LGPE 2013, no era cierto y así se lo transmitimos por escrito con razonamientos basados en Ley.

Por el momento no hemos recibido contestación que nos oriente sobre el futuro del servicio de Bibliotecas de Barrio y los puestos de trabajo que el mismo soporta. Pensamos, que quizás estén buscando soluciones que posibiliten su continuidad, mas cuando conocemos por palabras de Concejales que existe dinero suficiente para mantener el servicio aludido.




En esa continuidad está la CGT y por ello les hemos hecho llegar nuevo oficio, en el que les damos razonamientos definitivos para una rápida solución del tema. Si hacen clic sobre la imagen, accederán a su contenido.



Concluimos con esta reflexión, si el Equipo de Gobierno estaba encantado con la labor de las cuatro trabajadoras, si en la existencia de crédito presupuestario para mantener los cuatro puestos de trabajo no está el problema, si en la legalidad de realizar sus contratos de trabajo tampoco, entonces ¿Dónde está el problema?

lunes, 19 de agosto de 2013

De La Galia a Tartaristán

Nos lo tomamos a broma, pero es para echarse a llorar

Nos comunican de oficio en martes y trece de agosto Agustín y sus chicos, o los chicos de Agustín, no sabemos quién pero nos da igual, que desde el 8 de julio de 2013 ya no se encuentra vigente el Convenio Colectivo 2003/2005 del Personal Laboral del Ayuntamiento de Collado Villalba; «…por aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral el Convenio Colectivo 2003-2005, desde el 8 de julio de 2013 no tiene vigencia.», fin de la cita.

Reproducción del oficio en la imagen izquierda y de la Disposición en la imagen derecha.


Dicho de otra manera más comprensible para todos, que los empleados laborales que no se adhirieron al convenio que «copularon» UGT y PSOE en tiempos del anterior alcalde José Pablo, conocido popularmente por «El Churrero», están sin convenio ¡Toma ya!

Sabio el refranero, dice: «En martes y trece, ni te cases ni te embarques», pues nada, Agustín y sus chicos, o los chicos de Agustín, han casado y embarcado una mentira más.

Pero que no cunda el pánico compañeros, que dichos empleados laborales tienen vigente su Convenio 2003/2005.

Lo explicaremos en un idioma que hasta la niña de Rajoy lo entendería, el tártaro de las clases bajas, y así, los chicos se pondrán al corriente, porque como andan preocupados de no cometer en Collado Villalba ningún pecado CAPITAL, no se enteran de las noticias de la sierra y mucho menos de las nacionales (Audiencia Nacional, sentencia 0149/2013). Su contenido AQUÍ.

El Jan Agustín mandó a uno de sus súbditos a informarse del tema de la vigencia de los convenios a su Asesoría Jurídica CASA PEPE, la cuestión está, visto el resultado de la visita, si el súbdito en su vuelta a palacio repuso fuerzas en la Posada Casa Pepe.

Ya en palacio, el vasallo narró al Jan Agustín lo que Asesoría Jurídica CASA PEPE le dijo o, lo que el recordaba y comprendió le contaron.

En resumen, lo que la Disposición establece:

Disposición Transitoria Cuarta. Vigencia de los convenios denunciados. 
En los convenios colectivos que ya estuvieran denunciados a la fecha de entrada en vigor de esta Ley, el plazo de un año al que se refiere el apartado 3 del artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores, en la redacción dada al mismo por esta Ley, empezará a computarse a partir de dicha fecha de entrada en vigor.

Concluida la audiencia al vasallo, el Jan Agustín mandó disponer en vitela la terminación del Convenio 2003-2005 informada por Asesoría Jurídica CASA PEPE a un plebeyo funcionario de palacio, y exponerla públicamente el martes 13 de agosto del periodo actual para conocimiento de sus criados.

Pero con lo que no contaba el Jan Agustín era, que su servidumbre no se prosternaría y le hiciera llegar su equivocación de dar por finalizado su Convenio 2003-2005 basada únicamente en el contenido de la anterior Disposición y el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores (ET).

Estimados Jan Agustín, súbditos y plebeyos; el Convenio Colectivo 2003-2005 en su artículo 2 apartado 2.3 recoge lo reflejado en la imagen inferior y en especial, lo subrayado en color rojo:


Considerados súbditos, plebeyos y Jan Agustín, vuestra sufrida pero humilde servidumbre, quiere aleccionaros y sugiere la siguiente enseñanza para futuras ejercitaciones manuscritas:

Lo más elemental y grave a la vez, es que no se puede leer el artículo 86.3 del ET omitiéndose el artículo 86.1 de la misma norma.

El artículo 86.1 fija que los convenios durarán lo que las partes digan. Por tanto, si el propio Convenio Colectivo 2003-2005 dice que: «…hasta tanto se convenga un nuevo Convenio, se prorrogará la totalidad de su contenido»,  mantendrá su vigencia mientras que no se firme un nuevo convenio, conservará su validez a pesar de lo redactado en el artículo 86.3 que establece: «Transcurrido un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio…perderá su vigencia…», porque en éste mismo párrafo dice: «…salvo pacto en contrario…», sin describir forma ni fecha del pacto, y como pacto, la humilde servidumbre afectada entiende es lo que su Convenio Colectivo 2003-2005 señala: «hasta tanto se convenga un nuevo Convenio, se prorrogará la totalidad de su contenido».

En definitiva, la humilde servidumbre afectada tendría como primera garantía de que su convenio no ha sucumbido, el artículo 86.1 del ET por el que el convenio no muere si el propio convenio lo dice. Y como segunda, el artículo 86.3 del ET, que dice que si el convenio dice que no fallece, no habrá fenecido efectivamente un año después como nos rubrica el Jan funcional Alberto en el oficio.


Concluyendo, bienquistos súbditos, plebeyos y Jan Agustín, en orientarles que el último párrafo del artículo 86.3 del ET, es un principio de derecho supletorio, no de derecho necesario, por lo que es aplicable sólo cuando no se utilice todo lo que le precede en el 86.

martes, 6 de agosto de 2013

Si quieren... PUEDEN

De manera oficial, ayer tuvimos conocimiento que el Equipo de Gobierno PoPular había procedido a la eliminación de cuatro puestos de trabajo del Ayuntamiento, esto supone, que CUATRO FAMILIAS más ingresarán en los Servicios Públicos de Empleo (antiguo INEM).

Con estas extinciones, el Equipo de Gobierno falta a su palabra ¿Cuántas veces hemos escuchado tras el ERE que ya no habría más despidos?

En la última reunión de la Mesa General de Negociación, el 1er Teniente de Alcalde representando al gobierno municipal, animó a los representantes de los trabajadores a realizar propuestas que respetando la legalidad pudieran aplicarlas y mantener los cuatro puestos de trabajo del servicio de Bibliotecas de Barrio, ya que según los informes que el gobierno solicitó, les era imposible mantener los cuatro puestos por las limitaciones que la Ley General de Presupuestos del Estado de 2013 establece para la contratación de personal.

La CGT ya le ha hecho llegar su proposición (Accede a su contenido pinchando AQUÍ).

La CGT dice que: SÍ se puede contratar y mantener los cuatro puestos de trabajo, en la propuesta  deja claro que no vulnera Ley alguna.

Esperamos, que las manifestaciones vertidas por el 1er Teniente de Alcalde en nombre del gobierno municipal, se cumplan esta vez y mantengan los cuatro puestos de trabajo, de lo contrario, les recordaremos que han faltado a su palabra una vez más.

Y por si después de valorar nuestra consulta jurídica les quedase alguna duda, les señalamos otra (Pincha en la imagen inferior y conócela) que opina en idéntico sentido que la presentada por la CGT, siendo su procedencia de una conocida asociación de entidades locales.

   
¡BASTA YA DE DESPIDOS!



¡BASTA YA DE RECORTES!